Desde el 1 de junio de 2025, se aplican períodos escalonados de baja por maternidad en caso de aborto espontáneo a partir de la semana 13 de gestación.

En el futuro, se aplicarán los siguientes períodos de protección en caso de aborto espontáneo:

  • Desde la semana 13 de embarazo: hasta dos semanas
  • a partir de la semana 17 de embarazo, seis semanas
  • ocho semanas a partir de la semana 20 de embarazo

El diseño específico de la normativa debería permitir a las mujeres afectadas decidir de forma autónoma si desean acogerse a un período de protección.

La protección por maternidad y las prestaciones por maternidad se encuentran entre las prestaciones familiares

Las empleadas están plenamente protegidas en el lugar de trabajo durante el embarazo y el período posterior al parto, frente a los riesgos para la salud en el trabajo, el despido y la pérdida de ingresos.

El objetivo de la protección de la maternidad es proteger la salud de la mujer y de su hijo (por nacer) durante el embarazo, después del parto y durante la lactancia, al tiempo que se le permite continuar trabajando.

También debe estar protegida contra la discriminación. Además de las mujeres empleadas, existen otros grupos protegidos, como las escolares y las estudiantes. La Ley de Protección de la Maternidad generalmente no se aplica a las mujeres que trabajan por cuenta propia.

La protección de la maternidad incluye, en particular:

  • la protección de la salud en el lugar de trabajo,
  • una prohibición de trabajar en las semanas anteriores y posteriores al parto,
  • protección especial contra el despido,
  • asegurar ingresos durante la prohibición de empleo,
  • Permiso remunerado para exámenes y lactancia materna.

Subsidio por maternidad, complemento del empleador y pago de protección por maternidad

Durante los períodos de protección por maternidad, antes y después del parto, las mujeres trabajadoras tienen derecho a prestaciones por maternidad. Estas prestaciones dependen de su situación de seguro:

Mujeres que son miembros de un fondo de seguro médico obligatorio…

Se ofrece una prestación por maternidad y un complemento a cargo del empleador. La prestación por maternidad, que asciende a un máximo de 13 € por día natural, la abona la aseguradora de salud de la mujer. Además, el empleador debe cubrir la diferencia entre 13 € y el salario neto diario medio.

Mujeres que no son miembros de un fondo de seguro médico obligatorio…

Por ejemplo, las mujeres con seguro médico privado o las que están cubiertas por un plan familiar del sistema público de seguro médico reciben una prestación por maternidad de hasta 210 €. La Oficina Federal de la Seguridad Social se encarga de tramitar las solicitudes y los pagos. Además, reciben un complemento por parte del empleador.

Si existe una prohibición laboral fuera de los períodos de protección por maternidad, la mujer empleada tampoco tiene que temer ninguna desventaja económica. Conserva el salario promedio que percibía antes del inicio del embarazo (prestación por maternidad).

funcionarias públicas

Para las funcionarias públicas, el derecho íntegro a la remuneración se mantiene vigente durante los períodos de protección y el período de prohibición individual de empleo.

Trabajadores por cuenta propia

Las personas que trabajan por cuenta propia no están cubiertas por la Ley de Protección de la Maternidad. Deben contratar un seguro que cubra el periodo anterior y posterior al parto. Encontrará más información para trabajadores autónomos en el portal familiar.

Ayuda de la Fundación Federal Madre e Hijo

Las mujeres con dificultades económicas pueden solicitar ayuda de la Fundación Federal Madre e Hijo . La fundación ofrece asistencia financiera, especialmente para ropa de maternidad, pero también para el equipamiento inicial del bebé, el mantenimiento del hogar, el mobiliario y el cuidado infantil. Las solicitudes de fondos de la fundación pueden presentarse en un centro local de asesoramiento para embarazadas.

Más información sobre la protección de la maternidad, la Ley de Protección de la Maternidad y la normativa aplicable 

Fuente: Ministerio Federal de Educación, Familia, Personas Mayores, Mujer y Juventud, Información General, 12 de mayo de 2025